Una vieja deuda en una tienda, no le permite a doña Claudia el poder seguir con la construcción de su casa de interés social, por lo que pide ayuda para poder pagar la deuda y así lograr se concrete su sueño de tener casa propia.
Si usted puede ayudarle puede hacerlo por medio del Sinpe móvil 8966-8433.
Información y producción: Delbis Agüero.
#colosalinforma



1 Comentario
Oscar Isaias Salas M.
10 meses agoSin animo de crear polémica, algo no me concuerda, Como, si ni siquiera le han dado la csa, le van a poner una prenda o un embargo? , ademas l , un terreno donde se otorgó un bono de vivienda no se puede embargar por terceros acreedores durante un plazo de 10 años a partir de la fecha del otorgamiento del subsidio. Esta inembargabilidad se establece por ley para garantizar el buen uso de la vivienda de interés social, aunque existen excepciones, como deudas hipotecarias previas a la obtención del bono. ¿Por qué no se puede embargar?
Protección legal
: La ley establece un periodo de inembargabilidad para los inmuebles financiados con bono de vivienda, protegiendolos de terceros acreedores.
Propósito del bono
: El objetivo es asegurar que el subsidio cumpla su fin social, que es proporcionar una vivienda digna a familias de bajos recursos, y no que estos bienes sean usados para saldar otras deudas.
¿Cuándo no aplicaría la inembargabilidad?
Deudas anteriores al bono
: Si la propiedad tenía una hipoteca o deuda previa a la obtención del bono, esa deuda sí podría llevar a un embargo y la posible pérdida de la propiedad, pero creo que no es el caso.No entiendo muy bien esta situacion.