El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dictó una medida cautelar para frenar el uso de símbolos y argumentos religiosos en la propaganda electoral, dentro del trámite de dos recursos de amparo electoral del expediente 034-2026.

La resolución, emitida a las 14:25 horas del 16 de enero de 2026, ordena a la candidata Laura Fernández Delgado y al candidato Fabricio Alvarado Muñoz abstenerse de realizar manifestaciones públicas que, directa o implícitamente, llamen a votar por determinadas agrupaciones políticas con base en razones de fe.

“Esta medida cautelar, que incluye detener la difusión del folleto denominado “¿Por qué los cristianos evangélicos deben votar por el partido Pueblo Soberano?”, también debe ser acatada por los señores Reinaldo Salazar Salazar, Francisco Gamboa Soto, por la Federación Alianza Evangélica Costarricenses, la Asociación Templo Bíblico Internacional y por el Foro Mi País”, señaló el máximo ente electoral.

Como parte de las disposiciones, el órgano electoral instruyó a las personas y organizaciones recurridas a informar a pastores y líderes religiosos sobre la prohibición de utilizar el púlpito, sitios de oración o ceremonias litúrgicas para orientar el voto de los fieles.

El TSE fue enfático en que la orden debe cumplirse de forma inmediata, tanto por las personas físicas como por las organizaciones involucradas.

Fuente: Diario Extra